La pareja: un perfil clínico y social

Las parejas y cónyuges de veteranos de la ADF con lesión neurológica inducida por quinolinas: un registro clínico, social y forense.

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La pareja: un perfil clínico y social
Foto de Kiona / Unsplash

English version: The Spouse: A Clinical and Social Profile


DOCUMENTO COMPLEMENTARIO — BAJAS NO RECONOCIDAS
PERFIL CLÍNICO · PERFIL SOCIAL · REGISTRO FORENSE · REGISTRO PROBATORIO


Fui esposa de un militar. Mi exmarido fue desplegado a Timor Oriental, donde participó en los ensayos de antipalúdicos que documenta esta serie. Viví con las consecuencias durante años antes de tener las pruebas o el marco necesarios para entender lo que había ocurrido: a él, a mí y a nuestra familia. Esta serie es el resultado de esa comprensión.

Este documento se refiere a las parejas y cónyuges de veteranos de la Fuerza de Defensa Australiana con lesión neurológica inducida por quinolinas. La población de la que trata es mayoritariamente femenina. Se utiliza el femenino a lo largo del texto para reflejar esa realidad demográfica, sin dar a entender que las parejas masculinas no se vean afectadas ni que su experiencia carezca de importancia.


Este documento trata a las parejas como sujetos de daño por derecho propio: no como cuidadoras, no como figuras secundarias en la historia clínica del veterano y no como daños colaterales que se reconocen de pasada. El daño que sufre esta población es directo, grave, prolongado y, en muchos casos, irreversible. También tiene una causa concreta y rastreable: la lesión neurológica del veterano, producida por fármacos administrados por el Gobierno australiano sin un consentimiento informado, una vigilancia ni una atención de seguimiento adecuados.

Esa cadena causal no se ha seguido hasta sus últimas consecuencias. En la investigación, en la práctica clínica, en las políticas del DVA, en el derecho de familia y en todos los marcos institucionales de los que cabría esperar una respuesta, la pareja no es un sujeto reconocido. Su daño no tiene categoría clínica, ni vía de indemnización, ni precedente forense, ni marco de política pública. En la mayoría de los casos, no tiene nombre.

Este documento se divide en dos partes. La primera es un perfil clínico y social del daño tal como se presenta en los ámbitos de la salud mental, la salud física, la situación económica, el funcionamiento social, la exposición jurídica y la crianza. La segunda nombra, sin atenuantes, lo que falta estructuralmente en todas las instituciones y marcos que deberían responder a ese daño.

Se adjunta un registro probatorio formal. Los lectores que evalúen este documento con fines jurídicos, de política pública o clínicos deben consultarlo.


Primera parte: perfil clínico y social

01 — El contexto farmacológico

El daño que documenta este perfil se origina en un acontecimiento farmacológico concreto: la administración de antipalúdicos de quinolina —principalmente mefloquina (Lariam) y tafenoquina— al personal de la ADF, en muchos casos como parte de ensayos clínicos realizados entre 1998 y 2002 en Australia, Bougainville y Timor Oriental. En 2006 se constató que la mefloquina era neurotóxica. Investigaciones posteriores establecieron que puede causar un síndrome crónico de toxicidad del sistema nervioso central, con síntomas como ansiedad, depresión, psicosis, paranoia, delirios persecutorios, episodios disociativos, amnesia anterógrada, acúfenos, alteraciones vestibulares y trastornos del sueño. Estos efectos no son exclusivamente agudos. Pueden ser crónicos, persistentes y progresivos. Se ha constatado que la tafenoquina es más neurotóxica que la mefloquina. Estas conclusiones están documentadas en McCarthy (2015), un análisis revisado por pares de la neurotoxicidad y el riesgo de la mefloquina en la ADF, publicado en el Journal of Parasitology Research.

Los efectos secundarios psiquiátricos de la intoxicación por mefloquina incluyen, en concreto, ideación paranoide, psicosis disociativa y amnesia anterógrada. La exposición se ha asociado a actos de violencia y al suicidio. Estos efectos están documentados en la literatura revisada por pares y han sido objeto de un análisis de psiquiatría forense de Ritchie, Block y Nevin (2013) —publicado en el Journal of the American Academy of Psychiatry and the Law— que examina su posible aplicación en procesos judiciales.

La investigación del Senado australiano sobre el uso de la mefloquina y la tafenoquina en la ADF, que presentó su informe en diciembre de 2018, recibió más de cien presentaciones de veteranos que atribuían síntomas crónicos y complejos a estos fármacos. La Quinism Foundation ha descrito la afección resultante como encefalopatía crónica por quinolinas: un trastorno cerebral grave y potencialmente mortal.

Este perfil farmacológico es la base del daño que sufre la pareja. Aquello con lo que vivió no era una tendencia de carácter hacia la violencia o el control. Era, en su totalidad o en buena parte, la expresión conductual de una lesión neurológica inducida por fármacos que su pareja sufrió en el curso de su servicio militar.

Otra consecuencia de esta especificidad farmacológica es el problema de la atribución errónea. En muchos casos, la afección del veterano se ha diagnosticado y tratado como TEPT. El TEPT y la lesión neurológica inducida por quinolinas comparten perfiles de síntomas que se solapan. No son la misma afección. Un tratamiento calibrado para el TEPT no aborda una lesión neurológica adquirida. Un veterano que recibe tratamiento para el TEPT por una afección total o parcialmente neurológica no está recibiendo un tratamiento que resuelva la causa de fondo de la conducta peligrosa. El riesgo para la pareja no disminuye porque el veterano esté en tratamiento. Puede persistir mientras dure la relación y después.


02 — Trauma crónico y desregulación del sistema nervioso

Una mujer que ha vivido durante meses o años junto a una persona con una lesión neurológica inducida por quinolinas desarrolla respuestas traumáticas que se conocen bien clínicamente y que a menudo son graves. El carácter crónico, imprevisible e ineludible de la amenaza no permite que el sistema nervioso vuelva a su estado basal. El resultado es una desregulación persistente: un sistema nervioso calibrado de forma crónica para el peligro, que funciona en ese estado no porque el peligro sea imaginario, sino porque durante un largo periodo fue real.

Esta desregulación no se resuelve automáticamente con la separación ni con el paso del tiempo. Las mujeres en esta situación relatan que la hipervigilancia persiste mucho después de terminada la relación: buscan amenazas en entornos objetivamente seguros, les cuesta dormir sin comprobar las salidas, mantienen una activación fisiológica sostenida sin ninguna causa externa actual. No son síntomas de un temperamento ansioso ni de una vulnerabilidad previa. Son las secuelas de una exposición prolongada a un entorno realmente peligroso.

El cuadro clínico cumple los criterios diagnósticos del trastorno de estrés postraumático. En los casos en que el trauma ha sido crónico, interpersonal y sin salida viable, el cuadro puede cumplir los criterios del TEPT complejo tal como lo define la CIE-11. La literatura general sobre la violencia en la pareja y las respuestas traumáticas confirma que incluso niveles moderados de violencia interpersonal sostenida se asocian a la desregulación afectiva y conductual característica del TEPT complejo. El escenario en el que se adquirió este TEPT no fue una zona de combate. Fue un hogar.


03 — Hipervigilancia respecto de los hijos

Las mujeres que comparten regímenes de custodia tras la separación describen una preocupación persistente y concreta por la seguridad de sus hijos durante los periodos de contacto con el veterano afectado. Esa preocupación se basa en la observación directa. Estas mujeres han presenciado estados de ira disociativa, episodios paranoides e incidentes de violencia durante el sueño. En muchos casos han intervenido directamente para proteger a los niños durante esos episodios. Su valoración del riesgo actual no es especulativa. Se basa en pruebas, derivadas de una exposición prolongada a la conducta en cuestión.

En los procesos ante el tribunal de familia, esa preocupación se patologiza con frecuencia. Se presenta como sobreprotección, se atribuye a las propias dificultades de salud mental de la madre o se plantea como instrumento táctico en un litigio de custodia contencioso. Una revisión exploratoria de 2023 publicada en Psychiatry, Psychology and Law constató que los profesionales del derecho carecían habitualmente de conocimientos sobre la complejidad de la violencia doméstica, que las denuncias de maltrato infantil se minimizaban o desestimaban y que se culpaba a las madres del maltrato que habían sufrido. La investigación sobre las evaluaciones de custodia en situaciones de alto conflicto confirma que las reacciones defensivas de un progenitor protector, cuando se dan junto a una violencia doméstica real, no deberían calificarse de alienación parental, y sin embargo a menudo se califican así.

En el contexto de las quinolinas, esta dinámica se ve agravada por la ausencia total de cualquier marco clínico o jurídico que permita al tribunal situar la conducta del veterano en un modelo de lesión neurológica. La madre que lo sabe, porque lo vivió, no dispone de ningún lenguaje institucional con el que decirlo de una forma que el tribunal esté preparado para recibir.


04 — Daño económico

Las consecuencias económicas que sufren las mujeres en esta situación son con frecuencia graves, acumulativas y duraderas. Incluyen:

  • La pérdida de los ingresos del veterano por baja médica, incapacidad o inestabilidad laboral sostenida.
  • Los costes judiciales asociados a los procesos ante el tribunal de familia, las solicitudes de órdenes de protección y los litigios civiles y penales relacionados, que en muchos casos se acumulan durante años o décadas.
  • El coste de mudarse por seguridad, en algunos casos varias veces, lo que altera el empleo, la escolarización y los vínculos con la comunidad.
  • El coste de criar a los hijos en gran parte o totalmente sola, a menudo sin una pensión alimenticia fiable ni suficiente.
  • La pérdida de bienes comunes en el contexto de la ruptura familiar, incluidos el fondo de jubilación (superannuation), la vivienda y los negocios construidos durante la relación.
  • La reducción de la capacidad laboral propia derivada de las exigencias de gestionar la crisis y de las consecuencias para la salud del propio trauma de la mujer.

Estos costes no son accesorios al daño. Son componentes estructurales de él. Agravan la lesión física y psicológica, limitan el acceso a una reparación jurídica y, en un número importante de casos, producen una desventaja económica a largo plazo de la que la recuperación es, en el mejor de los casos, parcial. Actualmente no existe ningún reconocimiento económico, mecanismo de indemnización ni vía de apoyo, en los marcos del DVA ni en ningún otro instrumento de la Commonwealth, para las mujeres en esta situación.


05 — Aislamiento social

Los patrones de conducta paranoide y controladora asociados a la toxicidad de las quinolinas incluyen con frecuencia la restricción sistemática de los contactos sociales de la pareja. Esa restricción rara vez es brusca. Es gradual: un comentario sobre una amistad, una exigencia que se retira y luego se reimpone, un patrón de consecuencias vinculadas al contacto con el exterior hasta que el contacto cesa. Con el tiempo, las amistades se reducen, las relaciones familiares se alteran y los vínculos con la comunidad se desgastan. El mundo de la mujer se encoge.

Este tipo de aislamiento social cumple funciones que se refuerzan entre sí dentro de un patrón de daño doméstico. Reduce su acceso al apoyo y a la información. Aumenta su dependencia económica y emocional. Disminuye la probabilidad de que la conducta se observe, se nombre o se denuncie. Es a la vez un mecanismo y una consecuencia del daño, y es un factor de riesgo reconocido de escalada de la violencia doméstica con el tiempo. La Asociación Estadounidense de Psiquiatría señala que la exposición al trauma crónico contribuye a la desregulación emocional, el miedo y el aislamiento social, que a su vez agravan las afecciones de salud mental.

En el caso de las mujeres en el contexto de las quinolinas, puede que la conducta que producía el aislamiento no se entendiera —ni por la propia mujer, ni por su familia, ni por ningún profesional con el que se encontrara— como de origen neurológico. Era poco probable que la causa farmacológica concreta se nombrara durante los años en que se producía el aislamiento, y la mujer que lo vivía no tenía acceso a la categoría que lo habría hecho legible.


06 — Órdenes de protección y procesos ante el tribunal de familia

Órdenes de protección

Una orden de protección —una Apprehended Violence Order en Nueva Gales del Sur, una Domestic Violence Order en Queensland, una Intervention Order en Victoria e instrumentos equivalentes en otras jurisdicciones— la dicta un tribunal ante un temor fundado de violencia o acoso. En teoría, ofrece una protección inmediata. En la práctica, su utilidad para las mujeres cuyas parejas tienen una lesión neurológica inducida por quinolinas se ve limitada por varios factores.

El carácter episódico de la conducta peligrosa del veterano —periodos de funcionamiento aparentemente normal que alternan con episodios agudos— dificulta acreditar el patrón sostenido de amenaza que suelen exigir estas solicitudes. Un veterano que se presenta sereno y funcional en el momento del proceso puede no parecerle a un magistrado una persona de la que haya que protegerse. El tribunal no dispone de ningún marco clínico que explique la base neurológica del riesgo. No hay precedentes. No existe una práctica de peritaje en este ámbito.

Además, una orden de protección no resuelve la lesión neurológica que produce la conducta peligrosa. Cuando la conducta se deriva de una lesión cerebral inducida por fármacos que el veterano no reconoce ni admite, el instrumento de protección descansa sobre una base que no puede sostener.

Procesos ante el tribunal de familia

Los tribunales que deciden los regímenes de crianza están obligados a tratar la seguridad del niño como consideración primordial. En la práctica, los tribunales que actúan sin conocer la toxicidad de las quinolinas pueden interpretar los periodos de funcionamiento aparentemente normal del veterano como prueba de seguridad, sin ningún marco clínico que explique que la lesión neurológica de fondo es persistente y no responde a un tratamiento calibrado para el TEPT.

La madre que plantea su preocupación por el riesgo relacionado con las quinolinas se enfrenta a una desventaja concreta y documentada. Un estudio de 2023 sobre supervivientes de violencia en la pareja ante el tribunal de familia constató que las respuestas judiciales dañinas se asocian directamente a niveles más altos de TEPT y depresión en las madres implicadas en procesos judiciales. Una investigación publicada en el Journal of Veterans Studies ha documentado que, cuando hay TEPT relacionado con el combate, a los tribunales y a los profesionales les cuesta distinguir los síntomas del TEPT de las tácticas deliberadas de violencia en la pareja, y que, cuando no lo consiguen, las víctimas no reciben el apoyo que necesitan.

La posición forense del representante legal de la madre está limitada en consecuencia. No existe ninguna categoría clínica para el daño doméstico relacionado con las quinolinas. El DVA no reconoce el vínculo entre la toxicidad de las quinolinas y la violencia doméstica. No hay ningún caso australiano publicado en el que la toxicidad de la mefloquina o la tafenoquina se haya presentado con éxito como factor explicativo en un proceso ante el tribunal de familia. No existe en la práctica forense australiana ningún marco pericial establecido sobre la lesión neurológica por quinolinas y sus consecuencias domésticas.

Cada mujer que inicia un proceso en este contexto lo hace sin el peso acumulado de resoluciones anteriores. Su representante legal debe construir el argumento desde cero. El vacío probatorio se reproduce en cada proceso.


07 — Consecuencias para la salud a lo largo de la vida

Las consecuencias para la salud de las mujeres que han convivido con veteranos afectados por las quinolinas son coherentes con la literatura general sobre la violencia en la pareja y el trauma interpersonal crónico. Una revisión sistemática de 2024 publicada por las Academias Nacionales de Estados Unidos estableció múltiples resultados de salud a largo plazo asociados a la violencia en la pareja, entre ellos riesgos cardiovasculares, trastornos endocrinos, alteraciones inmunitarias y diversas consecuencias para la salud mental. Un artículo de 2025 en Frontiers in Global Women's Health confirmó que las supervivientes de violencia en la pareja tienen un mayor riesgo de enfermedades crónicas a través de la inflamación sistémica y la desregulación de los sistemas de respuesta al estrés del organismo.

Las consecuencias para la salud en esta población incluyen trastorno depresivo mayor; trastorno de estrés postraumático y TEPT complejo; trastornos de ansiedad y trastorno de pánico; afecciones de dolor crónico asociadas a la hiperactivación fisiológica sostenida y a la desregulación del eje hipotálamo-hipófiso-suprarrenal; enfermedad cardiovascular asociada a la exposición prolongada al estrés; alteración de la función inmunitaria; trastornos persistentes del sueño; menor esperanza de vida; consumo de alcohol y otras sustancias como mecanismo de afrontamiento; deterioro de la capacidad de crianza como consecuencia de un trauma no resuelto; y consecuencias neurológicas, como el deterioro cognitivo y las alteraciones de la memoria asociadas a la exposición crónica al trauma.

No son las consecuencias de una relación difícil. Son las consecuencias de una exposición prolongada a un entorno peligroso con una causa farmacológica concreta e identificable. La cadena causal es rastreable: de una decisión del Gobierno de administrar potentes fármacos neurotóxicos sin un consentimiento informado, una vigilancia ni una atención de seguimiento adecuados; a la lesión neurológica del veterano; a la expresión conductual de esa lesión en el entorno doméstico; al daño físico y psicológico sufrido por la mujer que vivía en ese entorno.

Esa cadena no se ha seguido, en ningún marco institucional ni de indemnización, hasta la mujer que está al final de ella.

Cabe hacer una observación más. El deterioro de la capacidad de crianza figura más arriba como consecuencia documentada de la exposición crónica al trauma. Es la misma afección que los tribunales de familia pueden hacer constar como conclusión contra la madre en los procesos de custodia. El sistema que no reconoce la causa del deterioro es el mismo sistema que puede penalizarla por él. Esa circularidad no es casual. Es un rasgo estructural del panorama institucional por el que se mueve esta población.


08 — Las mujeres que se quedaron

Los apartados anteriores se han referido principalmente a las mujeres que se separaron del veterano afectado. Los marcos de la custodia, el traslado, las órdenes de protección y las secuelas judiciales presuponen la separación. Ese enfoque es incompleto.

Un número importante de mujeres no se separó, o no lo hizo hasta que pasaron muchos años o décadas. Su situación difiere sustancialmente de la de quienes se fueron pronto, y no ha recibido ninguna atención en ningún contexto clínico, de política pública o de investigación específico de esta población.

Muchas mujeres se quedaron no porque el entorno fuera seguro, sino porque no existía ninguna salida viable. Los sistemas que las rodeaban no reconocían lo que ocurría, no ofrecían un lenguaje con el que nombrarlo ni un marco dentro del cual pedir protección o ayuda. La investigación del Senado australiano no presentó su informe hasta diciembre de 2018. El DVA no creó su programa de evaluación sanitaria antipalúdica (Anti-Malarial Health Assessment) hasta después de esa investigación, y ese programa se diseñó para los veteranos, no para sus parejas.

Una mujer que vivía en este entorno a partir de 2000 no tuvo acceso, durante muchos años, a la categoría que habría hecho legible el daño. Puede que durante esos años pidiera ayuda a médicos de cabecera, servicios de salud mental, servicios de violencia doméstica, la policía o los tribunales. Las respuestas que recibió estarían calibradas para los marcos corrientes de violencia doméstica o de enfermedad mental, que no contemplaban el origen neurológico concreto de la conducta que describía.

En el caso de las mujeres que vivieron este daño durante periodos prolongados —por ejemplo, de 2000 a 2017—, las consecuencias se acumulan ahora en cuerpos que soportaron esa carga durante casi dos décadas sin reconocimiento, sin una respuesta clínica adecuada y sin ningún reconocimiento institucional de que lo que les ocurría estaba relacionado con una decisión del Gobierno de administrar fármacos. El reconocimiento, allí donde ha llegado, ha llegado después de hecho el daño.

El efecto de la exposición acumulada en esta cohorte no se ha estudiado. Lo que sí puede afirmarse es que la literatura general sobre la violencia en la pareja constata de forma constante que la gravedad y la duración de la exposición se asocian a consecuencias para la salud más graves y persistentes. No hay motivo para esperar que esta población se aparte de esa conclusión.


Segunda parte: lo que falta

Esta sección nombra las ausencias estructurales en la investigación, la categorización clínica, las políticas públicas, el derecho y el reconocimiento institucional que hacen invisible el daño documentado en la primera parte para los sistemas que deberían responder a él. No son descuidos que puedan corregirse poco a poco. Constituyen una brecha sistemática entre la existencia de una población dañada y la capacidad institucional de verla, nombrarla o responder a ella.

01 — Investigación

No hay estudios que examinen directamente la cohorte de parejas de los veteranos de la ADF expuestos a las quinolinas. Ningún estudio ha medido la prevalencia de cuadros traumáticos en esta población. Ningún estudio ha documentado sus resultados de salud. Ningún estudio ha examinado la relación entre la duración de la exposición y la gravedad de las secuelas a largo plazo. No existen datos longitudinales. Ninguna población ha sido identificada, contabilizada ni objeto de seguimiento.

La base inferencial en la que se apoya este documento —la literatura general sobre la violencia en la pareja y el trauma interpersonal crónico— es la única base disponible. Esa inferencia es razonable y defendible. No sustituye a las pruebas directas. La ausencia de investigación directa no es accidental. Refleja una falta de atención investigadora que es en sí misma una forma de no reconocimiento institucional. La población existe. El daño existe. La investigación no.

Además, ningún estudio ha examinado la dinámica psicológica concreta de convivir con una pareja cuya conducta peligrosa es episódica, de origen neurológico y no reconocida públicamente. Ningún estudio ha examinado la experiencia de las mujeres que pidieron ayuda antes de que la toxicidad de las quinolinas se nombrara públicamente, ni lo que produjeron esos encuentros. Ningún estudio ha examinado a los hijos de los veteranos afectados por las quinolinas como población. Ningún estudio ha examinado el efecto de la exposición acumulada en las mujeres que permanecieron en la relación durante periodos prolongados.


02 — Categorías clínicas

No existe ninguna categoría clínica para el daño doméstico relacionado con las quinolinas. No hay ningún especificador diagnóstico, ninguna categoría de exposición reconocida ni ninguna guía clínica que sitúe el cuadro traumático de una mujer en un marco causal que lo vincule con la lesión neurológica inducida por fármacos del veterano.

Las consecuencias de esa ausencia son prácticas e inmediatas. Un profesional clínico no dispone de ningún marco establecido para registrar, codificar o tratar el cuadro según su causa real. El TEPT de la mujer se registra como TEPT, sin ninguna anotación que lo relacione con un entorno concreto y una causa farmacológica concreta. La cadena causal —de la administración del fármaco por el Gobierno a la lesión neurológica del veterano y al trauma de la pareja— se corta en el momento de la documentación clínica. La atribución errónea de la afección del veterano al TEPT en lugar de a una lesión cerebral adquirida, y sus consecuencias clínicas para el riesgo actual de la mujer, no se abordan en ninguna guía clínica.


03 — Reconocimiento y políticas del DVA

El Departamento de Asuntos de Veteranos ha reconocido la toxicidad de las quinolinas como causa de daño en los veteranos, y admite la mefloquina y la tafenoquina como posibles factores causales en dieciséis afecciones. No ha reconocido el vínculo entre ese daño y la violencia doméstica sufrida por las parejas. No ha creado ningún mecanismo por el que una mujer pueda solicitar el reconocimiento del daño con independencia de la situación de la reclamación del veterano o de su cooperación.

No existe ninguna vía de indemnización del DVA para las parejas de los veteranos afectados por las quinolinas. No existe ningún marco de tratamiento del DVA adaptado específicamente a esta población. El programa de evaluación sanitaria antipalúdica se diseñó para los veteranos. No se creó ningún programa equivalente para sus parejas. Las parejas de los veteranos afectados por las quinolinas no son, en ningún marco actual de políticas del DVA, una población reconocida.


04 — Marcos jurídicos y forenses

No existe en Australia ningún precedente jurídico en el que la toxicidad de las quinolinas se haya presentado como factor explicativo reconocido en procesos ante el tribunal de familia, solicitudes de órdenes de protección o procesos penales por violencia familiar. No existe ningún marco clínico forense para la prueba pericial sobre la lesión neurológica por quinolinas y sus consecuencias domésticas en los procesos judiciales australianos.

En otras jurisdicciones, y en relación con otras sustancias administradas por gobiernos, se han establecido jurídicamente cadenas causales entre la exposición a un fármaco o a una toxina y el daño a familiares. Los litigios por el Agente Naranja en Estados Unidos establecieron responsabilidad por el daño a las familias de los veteranos. Los litigios por el amianto han establecido daños indemnizables en familiares expuestos a través de la ropa de los trabajadores. Los litigios por la talidomida establecieron la responsabilidad del Gobierno y del fabricante por el daño causado por un fármaco insuficientemente probado. Estos precedentes demuestran que la arquitectura jurídica para este tipo de reclamación existe en principio. Su ausencia en el contexto de las quinolinas no es inevitable. Es una laguna.


05 — La conciencia y la cooperación del veterano

Los marcos institucionales que podrían ofrecer reconocimiento o reparación dependen casi por completo de la participación del veterano. Las reclamaciones ante el DVA exigen la intervención del veterano. Los procesos ante el tribunal de familia lo implican como parte. Las solicitudes de órdenes de protección lo designan como demandado.

Cuando el veterano no acepta el vínculo con las quinolinas, o no es consciente de él, la mujer que busca el reconocimiento del daño se ve aún más limitada. Esa resistencia no es necesariamente deliberada. La amnesia anterógrada es un efecto documentado de la intoxicación por mefloquina. Un veterano puede no tener ningún recuerdo fiable de episodios que la mujer presenció directamente. Eso crea una asimetría probatoria que ningún marco actual aborda.


06 — Vías de reparación

Actualmente no existe ninguna vía por la que una mujer en esta situación pueda obtener el reconocimiento formal del daño. No existe ninguna vía de indemnización. No existe ningún mecanismo de reconocimiento clínico retroactivo que vincule sus consecuencias de salud con la exposición del veterano a los fármacos. No existe ningún instrumento legislativo, ninguna política del DVA, ninguna resolución de la RMA ni ningún precedente judicial que respalde una reclamación así.

El daño es real. La cadena causal es coherente y rastreable. La arquitectura institucional necesaria para responder a él no existe.

No puede presentar una reclamación. No puede obtener un registro clínico que nombre la causa. No puede remitirse a un caso anterior. No puede identificar a un perito que haya declarado sobre este asunto ante un tribunal australiano. No puede acceder a un sistema de indemnización. No puede obtener el reconocimiento de la institución —el Gobierno australiano— cuya decisión de administrar estos fármacos sin un consentimiento, una vigilancia ni un seguimiento adecuados es el origen de la cadena causal que termina en su lesión.


Registro probatorio

Este registro identifica la base probatoria de cada categoría de afirmación de este documento. Se ofrece para uso de representantes legales, responsables de políticas públicas, profesionales clínicos e investigadores que evalúen la fiabilidad del documento.

Neurotoxicidad de las quinolinas y efectos farmacológicos

Establecido en la literatura revisada por pares.

Consecuencias para la salud de las parejas

Derivado de forma inferencial de la literatura general sobre la violencia en la pareja y el trauma interpersonal crónico. No se han realizado estudios directos de los resultados de salud en la cohorte de parejas de los veteranos de la ADF expuestos a las quinolinas.

Fallos del tribunal de familia y patologización de las madres protectoras

Derivado de la literatura general sobre violencia doméstica y tribunales de familia. No existen estudios específicos de la cohorte de parejas afectadas por las quinolinas.

Veteranos y violencia doméstica

Derivado de la literatura general sobre la violencia en la pareja entre veteranos. No existen estudios específicos de la cohorte de la ADF expuesta a las quinolinas.

Políticas y programas del DVA

Precedentes forenses y jurídicos

No se ha identificado ningún precedente australiano en el que la toxicidad de las quinolinas se haya presentado como factor explicativo o atenuante en procesos ante el tribunal de familia, de órdenes de protección o penales. Las referencias comparativas a los litigios por el Agente Naranja, el amianto y la talidomida se citan como análogos estructurales, no como precedentes directos.

Afirmaciones para las que actualmente no existe base probatoria

Los siguientes puntos se identifican como lagunas, no como conclusiones establecidas. Representan las principales necesidades de investigación para esta población.

  • Prevalencia de cuadros traumáticos en la cohorte de parejas de los veteranos de la ADF expuestos a las quinolinas.
  • Datos de resultados de salud de esta cohorte.
  • Efectos de la exposición acumulada en las mujeres que permanecieron en la relación durante periodos prolongados.
  • Resultados clínicos de las mujeres que pidieron ayuda durante el periodo anterior al reconocimiento (aproximadamente 2000–2018).
  • Resultados psicológicos y de desarrollo de los hijos de los veteranos afectados por las quinolinas.
  • La experiencia de las mujeres cuyo acceso a una ayuda adecuada se vio negado o distorsionado por la ausencia de cualquier marco clínico o jurídico específico de las quinolinas durante los años del daño.

Nota final

Este documento es un perfil clínico y social. Es también un registro de una ausencia. El daño sufrido por las mujeres que han convivido con veteranos afectados por las quinolinas es coherente con lo que predeciría la literatura general sobre el trauma interpersonal crónico. Es grave. Es prolongado. En muchos casos, sobre todo en el de las mujeres que cargaron con este daño durante años o décadas antes de que existiera cualquier reconocimiento institucional, es irreversible.

El daño tiene una causa concreta. Esa causa se remonta a una decisión del Gobierno. La decisión se ha reconocido parcialmente en relación con el veterano. No se ha reconocido en absoluto en relación con la mujer que vivió junto a sus consecuencias.

Lo que aquí se documenta no es una serie de lagunas administrativas a la espera de corrección. Es una ausencia estructural: una población que existe, un daño real y con fundamento causal, e instituciones que, a día de hoy, no ven ni lo uno ni lo otro.


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